martes, 25 de octubre de 2011

Los Fueros

¿Qué son los fueros?

Hablamos de los fueros como una herramienta de colonización y ordenación del territorio que consistían en una serie de libertades, privilegios y en menor medida deberes, que se otorgaban a núcleos urbanos con el fin de atraer población para estabilizar y colonizar el territorio


Los fueros surgen en la edad media, y son otorgados por los reinos cristianos de la península ibérica, más concretamente se hizo uso de ellos durante la segunda mitad del Siglo XI y primer cuarto del Siglo XII. Esta nueva forma de colonización sustituye al modelo anterior, que es la presura.


Surgieron como fórmula para afianzar el dominio sobre espacios inestables. Estos espacios inestables podían contener, restos de población islámica, estar acosados por musulmanes y que en consecuencia, hacían de estos sitios lugares con poco atractivos para los habitantes del norte.


El primero de los fueros fue el que se entregó a Sepúlveda en el 1076 y que establecía privilegios como inmunidad fiscal, consideración social de infanzones para sus pobladores, autonomía de gobierno y la transferencia de un amplio entorno o alfoz con el compromiso de colonizarlo; todo a cambio de ayuda militar en la defensa del Reino. Ahí podemos ver los privilegios(inmunidad fiscal, consideración social, autonomía de gobierno) y deberes(ayuda militar en la defensa del Reino)


Apenas cae Toledo en el año 1085, se otorgan fueros por toda la Extremadura Castellano-Leonesa: Salamanca, Ávila, Cuéllar, Arévalo, Segovia, Soria... Todos ellos tienen en común que derivan del de Sepúlveda. Cada uno a su manera tenía variaciones que recortaban la generosidad del fuero de Sepúlveda aumentando los deberes a infanzones y amortiguando la autonomía municipal con un delegado regio

1 comentario:

  1. El fuero Guipuzcoana en el Siglo XVI.
    Los Guipuzcoanos eran nobles y como tales, solo prestaban servicios a título voluntario; comerciaban libremente con Francia, Inglaterra y los demás reinos de España. Tenían el privilegio de no servir fuera de su tierra, a la que defendían por si mismos en caso de guerra con Francia o la Gran Bretaña; solo Irún y San Sebastián podían recibir guarniciones reales, y finalmente los guipuzcoanos estaban autorizados para no cumplir las órdenes del rey, contrarias a sus leyes particulares.

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